El tratamiento ambulatorio involuntario

Salud mental

El CERMI pide límites a la Ley que permitirá a los jueces dictar un tratamiento obligatorio para pacientes mentales

(EUROPA PRESS) 18/05/2007

El vicepresidente del Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI), Francisco Morata, reclamó ayer en la Comisi¿n de Justicia del Congreso la necesidad de establecer límites a la Ley que permitirá a los jueces dictar un tratamiento ambulatorio obligatorio a pacientes con una enfermedad mental.

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Esta disposición aparece recogida en el Proyecto de Ley de Jurisdicci¿n Voluntaria para Facilitar y Agilizar la Tutela y Garant¿a de los Derechos de la Persona, en Materia Civil y Mercantil. En concreto, el proyecto prev¿ la autorizaci¿n judicial de los tratamientos "no voluntarios" a las personas con trastornos ps¿quicos, cuando estos se vean incapacitados para tomar una decisi¿n y a instancia de sus familiares, tutores o su propio m¿dico. El CERMI respalda esta iniciativa, pero cree que debe haber "un plazo limitado y conocido m¿ximo", con el fin de que evitar la vulneraci¿n de otros derechos. "A nuestro juicio, la medida siempre cesar¿a por prescripci¿n facultativa; se trata de una decisi¿n m¿dica", asever¿ Morata. En este sentido, el CERMI ha presentado una enmienda al citado proyecto de Ley, con el fin de establecer un seguimiento administrativo de cada caso y en la que se apela a un incremento de los recursos asistenciales multidisciplinares en materia de salud mental. Por otra parte, el CERMI entiende que el proyecto de Ley original da una legitimaci¿n activa al facultativo m¿dico, a la hora de promover este tipo de expedientes judiciales. Sin embargo, esta confederaci¿n cree que los m¿dicos deben ser siempre los impulsores, "pero nunca parte activa en un procedimiento judicial". "Su misi¿n es prescribir un tratamiento e informar al juzgado o al ministerio fiscal", indic¿. Igualmente, el CERMI valora de manera positiva que el proyecto contemple la participaci¿n de las parejas de hecho y guardadores, pero considera que tambi¿n se debe de dar legitimaci¿n a las personas nombradas por el paciente en los documentos de instrucciones previas. AMPARA LOS DERECHOS DE PACIENTES MENTALES Por lo dem¿s, el vicepresidente de este colectivo valor¿ que la regulaci¿n del tratamiento ambulatorio no voluntario "cubrir¿ una laguna legal, adem¿s de regular un procedimiento para garantizar y amparar los derechos de las personas con enfermedad mental" cuando precisen el ingreso hospitalario. Morata advirti¿ de que estas personas, como consecuencia de su propia enfermedad, no tienen conciencia de su trastorno y "se abandonan a las tr¿gicas consecuencias de su patolog¿a mental, entrando en un c¿rculo sin salida de deterioro, estigma y marginalidad social". En este sentido, el CERMI cree que el tratamiento ambulatorio involuntario "es respetuoso y garantista con el estado de Derecho" y mantiene que esta modalidad ya existe cuando un sujeto ha quedado incapacitado en materia judicial por aspectos de salud.

 

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